Requisitos para emisión de CFDIs 3.3: forma y método de pago

Autor: Ekomercio Electrónico

Emisión de CFDIs 3.3: método de pago y forma de pago. En el Artículo 29-A fracción VII inciso C) del Código Fiscal de la Federación se establece la obligación que tienen los contribuyentes de señalar el Método de Pago cuando la transacción haya sido pagada.

Hasta hoy, la manera en que los contribuyentes pueden señalar el cómo se han hecho estas transacciones es mediante el uso del “Catálogo de Métodos de Pago” publicado por el SAT, el cuál como bien sabemos contiene claves y las descripciones de cada uno de estos métodos de pago.

Conoce los requerimientos técnicos que necesitas para implementar la nueva versión 3.3 del CFDI en tu sistema de facturación, es gratis, descarga aquí el checklist.

Ejemplo breve, los CFDI son válidos cuando en el XML el método de pago se registre de las siguientes maneras:

a) Clave del catálogo de formas de pago y descripción. Ej: 03 Transferencia electrónica de fondos
b) Sólo la clave del catálogo de formas de pago. Ej: 03
c) Sólo descripción tratándose de CFDI emitidos en Mis Cuentas. Ej: Transferencia electrónica de fondos

Por otra parte la forma de pago hoy en día se utiliza para especificar si se pagará en parcialidades o en una sola exhibición.

Sin embargo para efectos de las actualizaciones en el Anexo 20 versión 3.3, a partir del 1º de julio de 2017 ambos conceptos intercambiaran su significado dejando a la forma de pago con el uso de claves-descripciones (efectivo, transferencia electrónica, vales de despensa, tarjeta de débito, etc.) y en el método de pago se tendrá que especificar si será en parcialidades o en una sola exhibición.

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