Prórrogas para presentar información sobre subcontratación laboral

Autor: Liliana Rangel

El pasado 13 de Abril, el SAT público en su página oficial el Quinto anteproyecto de la Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal del 2018. En el que se presentaron dos prórrogas para presentar información (para el cumplimiento) sobre subcontratación laboral.

Como sabemos las modificaciones, a la Resoluciones a la Miscelánea Fiscal son solo pequeñas modificaciones pero es bueno que estés al tanto de estos cambios, aun cuando no este publicado en el Diario Oficial de la Federación. A través de su sitio oficial del SAT fue publicado el Quinto Anteproyecto a la Resolución Miscelánea Fiscal del 2018.

 Fueron varios cambios que se mencionan en este Anteproyecto, pero algunos de los más importantes de esta nueva versión están en el artículo 4 to. los cuales te compartimos a continuación:

  • El primer cambio tiene que ver con la subcontratación laboral: en este se menciona que la fecha a partir de la que el contratante puede consultar la información autorizada por su contratista de acuerdo a las actividades de subcontratación laboral respecto a los meses de enero, febrero y marzo de 2018 es el 27 de mayo. La modificación de esta fue la fecha ya que anteriormente se podía hacer a partir del 7 de febrero.

    Este cambio hace referencia a la "Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones" que el SAT decidió publicar en su sitio oficial donde los contratistas podrán ingresar y registrar toda la información del contratante ya sean contratos y datos de los trabajadores por subcontratación. ¿Cuál es el motivo de esta aplicación? El principal objetivo del SAT siempre será que todos los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales y no busquen la evasión de impuestos o el abuso de subcontratación. Además, que con esto se ven favorecidos más de 30,000 personas morales.

  • El Segundo cambio en este anteproyecto, es acerca del aviso de cumplimiento de las obligaciones del último ejercicio, en este caso el 2017 que podrán presentarlo a más tardar el 31 de mayo del 2018. Al igual que en el primer cambio, la modificación fue de fecha ya que antes la fecha límite era el 28 de febrero.

    ¿A qué se refiere este cambio? hace referencia a toda la información generada en el 2017 que deberá presentarse a través de otra aplicación llamada "Autorización del contratista para la consulta del CFDI y sus declaraciones" El objetivo de aplicar esta modificación es que los contratistas concedan la autorización a los contratantes para que revisen la información relacionada con: 

 

  • Los CFDI por concepto de pago de salarios de los trabajadores subcontratados
  • Los CFDI del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de dichos trabajadores
  • La Declaración del pago provisional del ISR por retenciones sobre el salario pagado a los trabajadores
  • La Declaración de pago definitivo de IVA

Estas aplicaciones son parte de las acciones tomadas por el SAT para que los contribuyentes que hagan o contraten servicios de outsourcing cumplan con las obligaciones que tienen según la Ley del ISR y del IVA.

Quizá aún como empresa no has requerido sub contrataciones, pero a continuación te brindamos información de su funcionamiento ya que quizá habrá cosas que desconozcas o en algún futuro sean de tu interés.

Cuando una empresa necesita apoyo de otra para adquirir fuerza laboral, sea a través de recursos o infraestructura, nos encontramos con un servicio denominado como outsourcing o subcontratación, ¿sabes qué aspectos debemos tomar en cuenta?

El Outsourcing o subcontratación es el proceso económico por el cual una sociedad mercantil transfiere los recursos y las responsabilidades referentes a una porción de su proceso de negocio a otra sociedad externa —entiéndase empresa de gestión o subcontratista que precisamente se dedica a la prestación de diferentes servicios especializados. Para ello, estas últimas pueden contratar sólo al personal, caso en el que los recursos los aportará el cliente.

¿Cuáles son tus obligaciones fiscales y cómo debes cumplirlas?

Como todos proceso o movimiento en una empresa, al tener servicios de outsourcing también debes cumplir con algunas obligaciones fiscales que quizá desconoces. Antes de solicitar un outsourcing, te recomendamos verificar que tu sociedad mercantil cumpla con lo siguiente:

  • Retener y enterar el ISR a cargo de los trabajadores subcontratados.
  • Expedir el CFDI de nómina de los trabajadores.
  • Haber efectuado el cálculo anual del ISR a dichos trabajadores conforme al artículo 97 de LISR.
  • Entregar a los trabajadores el subsidio para el empleo.
  • Inscribir al RFC a los trabajadores, así como al IMSS y cumplir con el pago de las cuotas obrero patronales.
  • Confirmar la correcta entrega al contratante de la documentación que acredite los citados requisitos (nueva obligación a partir de 2017, considerando la opción de la regla3.3.1.44. de la RMF para 2017).

Comprobar gastos de subcontratación laboral al SAT

Al inicio de este artículo hablamos de los cambios, pero aquí te decimos la principal razón por la que las empresas realizan esta subcontratación y cómo es de esperarse, el objetivo es la comprobación de la deducción de ISR y acreditar el IVA, el cuál se convertirá en un proceso pesado y tedioso para todos los contribuyentes que tengan que ver con la Subcontratación Laboral.

Como ya lo mencionamos, el contratante debe realizar una auditoría al contratista a través del SAT para que cumpla con sus obligaciones fiscales, aun haciendo esto se puede correr peligro en que no se pueda deducir el gasto ni acreditar el IVA si el contratista no cumple con esto.

En conclusión, la subcontratación tiene sus ventajas y desventajas en las empresas, es necesario conocer todos los Anteproyectos, ya que, al no ser oficiales o publicados aún en el Diario Oficial de la Federación, no significa que se deba dejar de lado sin tomarlo en cuenta, pues estos cambios pueden ser aprobados y publicados en su mayoría.

Conocer todas las obligaciones fiscales y reformas es de suma importancia y más cuando realizas ya este método de subcontratación que sal existir algún cambio sabrás si realmente estas o no cumpliendo con la autoridad, recuerda que debemos cumplir con estas obligaciones ante el fisco en tiempo y forma para evitar multas o llamados de atención.

Lo ideal es tener una sana relación de subcontratación laboral.

 

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