Principales Irregularidades en el CFDI de Nómina

Autor: Ekomercio Electrónico

Emitir los CFDI de Nómina hoy en día es una tarea que todas las empresas realizan de forma continua pues cada quincena se emiten estos comprobantes y algunas otras empresas emiten de forma mensual.

Hemos platicado de los principales errores al emitir CFDI comunes del día a día, pero en esta ocasión hablaremos de los CFDI de Nómina emitidos, a los cuales debemos poner atención y tratar de corregir esos errores que se siguen cometiendo cada quincena.

El SAT ha detectado en los CFDI’s de Nómina algunas irregularidades, que te recomendamos tomar en cuenta. Aquí te decimos cuales.

  • Si el CFDI de nómina se realiza a un contribuyente asimilado a salarios, no deben incluir conceptos de ingresos exentos ni el beneficio del subsidio al empleo pues dichos conceptos no aplican a este régimen. Se han detectado comprobantes que incluyen dichos conceptos por lo que se deben corregir.
  • Uno de los errores más comunes es el no relacionar las facturas con la anterior a la que se pretende sustituir, esto se realiza capturando en el Nodo Facturas Relacionadas la clave “04 sustitución de los CFDI previos” así como el folio de la factura anterior que cuente con errores. Sin embargo, el error justamente se encuentra en que previo a la sustitución se tiene que realizar la cancelación de la factura con errores y solo hasta que en “Estado del Comprobante” indique el estado de “Cancelada” puede emitirse la nueva factura en sustitución. Todo esto de acuerdo con el Nuevo Esquema de Cancelación, ya que de lo contrario ambos comprobantes quedarían “Vigentes” lo que implicaría para el trabajador un ingreso doble.
  • De igual forma la factura tiene que indicar el período al que efectivamente corresponde el pago al trabajador, ya que la fecha que se indica en el comprobante fiscal es la fecha en la efectivamente se le realiza el pago al trabajador.
  • Para evitar inconvenientes con la entrada del nuevo tipo régimen “13 Indemnización y Separación”, en el cual se tienen que reflejar los pagos a los trabajadores por estos conceptos, se tienen que reflejar en un complemento de nómina por separado de los pagos ordinarios. Este entró en vigor en enero de 2019. 
  • Algunas modificaciones y otras nuevas claves, así como la aplicación correcta de estas en el comprobante de nómina, en el Nodo de “c_TipoPercepciones” como son:

Clave “038 Otros ingresos por salarios”, se debe utilizar este concepto para el pago de la prima quinquenal concepto que usualmente se utiliza en el sector público, la cual es gravada.

Clave “046 Ingresos asimilados a salarios”, se puede utilizar para importes extras realizados a trabajadores asimilados a salarios identificados con cualquier otro nombre como gratificaciones, bonos e indemnizaciones o cualquier otro, como una percepción gravada.

Claves “051 Pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades”, “052 Pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de resoluciones judicial o de un laudo” y “053 Pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de resoluciones judicial o de un laudo” correspondientes a pagos a extrabajadores que obtienen la jubilación en una sola exhibición derivada de la ejecución de una resolución judicial o un laudo. Las jubilaciones se pagan en una sola exhibición o en parcialidades, pero solo se puede optar por una opción.

En cuanto al Nodo de “c_TipoDeducciones” las claves nuevas fueron:

Claves “102 Ajuste a pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades, gravados”, “103 Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados”, “104 Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos”, “105 Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados” y “106 Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos” para el caso de los ajustes que se le realizan a los extrabajadores que obtengan su jubilación en una sola exhibición derivada de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exento, las cuales identifican los ajustes a las claves tipo percepción “051”, “052” y “053”.

En el caso de que el CFDI de nómina tenga errores, pero el mismo se haya emitido en el período que le corresponde perteneciente al ejercicio fiscal 2018, los patrones pueden modificarlos a más tardar el 15 de abril de 2019 para que los mismos sean considerados en el ejercicio en el que se percibió el ingreso, siempre que sea sustituido y relacionado.

Ahora que ya sabes cuales son los principales errores, seguramente hiciste una autoevaluación o analizaste cuales de estos errores has cometido al emitir tus CFDI de Nómina. Te recomendamos hacer los cambios necesarios y evitar volver a cometer estos errores.

¿Tienes dudas? No dudes en escribirnos  a ventas@ekomercio.com.mxo bien, deja tu comentario en la parte inferior y con gusto contestaremos a todas tus dudas.

Elaboró Área Fiscal Ekomercio

Facilidades administrativas

 

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