Preguntas frecuentes del CFDI 3.3 para Sector Primario

Autor: Ekomercio Comunicación

Los contribuyentes del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, deben cumplir con ciertas obligaciones ante el SAT, como:

  • Llevar su contabilidad electrónicamente, conforme al CFF y su reglamento,
  • O expedir comprobantes fiscales por las actividades que realicen de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 del CFF, entre otras obligaciones.

Aunque, debido a la obligatoriedad sobre emitir CFDIs con la versión 3.3 a partir del 1 de diciembre, han surgido algunas preguntas sobre qué es lo que deberán hacer los contribuyentes que pertenecen al sector primario, por lo que nos hemos encargado de investigar y contestar todas estas dudas.

A continuación, te compartimos las respuestas:

  1. Los sistemas del SAT, ¿están preparados para recibir CFDI 3.3 para Sector Primario?
    R. Sí, ya está disponible el servicio: timbre, entrega y consulta. 
  2. ¿El CFDI con Complemento Recibo de Pago también aplicará y será obligatorio para los CFDI de Sector Primario? En caso de ser obligatorio, ¿quién estaría obligado a emitir el CFDI de recibo de pago? y dicha obligación, ¿estaría fundamentada en la RMF?
    R. No se tiene documentado a nivel normativo la petición de expedición
    del comprobante de pago por parte del contribuyente de sector primario. Se
    revisará al interior el tema, para comentar al respecto cómo se administrará
    y en su caso documentará en reglas el proceso.
     
  3. ¿Existe obligatoriedad de que las contraprestaciones de Sector Primario sean “Pago en una sola exhibición? Así se fundamentaría que no es necesario el Complemento Recibo de Pago.
    R. No hay obligatoriedad de que sean en una sola exhibición. Los métodos de pago pueden ser pago en una sola exhibición, diferido o en parcialidades, igual que en CFDI tradicional.

  4. ¿En caso de que los CFDI de Sector Primario estuvieran eximidos del CFDI de recibo de pago también estaría fundamentado en la RMF?
    R. No se tiene prevista ninguna facilidad para que no se requiera complemento de pagos en Sector Primario.

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Recuerda que, si te surge alguna duda diferente a las que te compartimos, puedes escribirla abajo, en nuestros comentarios y con gusto te contestaremos.

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