Se extiende el plazo del complemento de recepción de pagos

Autor: Liliana Rangel

La fecha de entrada en vigor del complemento de recepción de pagos, será hasta el 1 de septiembre 2018

Desde hace unos meses y desde el pasado año 2017, la implementación de la nueva factura electrónica en su versión 3.3, ha sido ya un gran dolor de cabeza para personas físicas y morales. Este cambio por parte de la autoridad del SAT represento esfuerzos económicos, recursos humanos, tiempo y otros más. 

Ya que para poder implementar la facturación electrónica el Servicio de Administración Tributaria ha tenido que otorgar prorrogas en cada una de sus obligaciones, desde la nueva versión del CFDI 3.3 hasta el complemento para recepción de pagos la cual era opcional hasta el 31 de marzo de 2018 pero se otorgó un nuevo plazo.

 

“Séptimo  Para los efectos de la regla 2.7.1.35., los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el 31 de agosto de 2018.”

 

De acuerdo a la Versión Anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelanea Fiscal 2018 publicada en el portal del SAT el 16 de febrero 2018, cabe mencionar que aún no se ha publicado en el Diario Oficial.

 

 

 Si aún no sabes cómo funciona el recibo electrónico de pagos aquí te explicamos brevemente.

 ¿Qué es el complemento de pagos?

El complemento de recepción de pagos deberá emplearse obligatoriamente en todas las operaciones que se paguen en parcialidades y diferido. En primer lugar, será necesario emitir una factura electrónica por el total de la operación y un CFDI de complemento de recepción de pagos para cada uno de los pagos recibidos

 Se expedirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que esta se realice. Se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se efectúen, en el que se deberá:

  • Señalar “cero pesos” en el monto total de la operación
  • En "método de pago” la expresión pago
  • Incorporar al mismo el “Complemento para pagos” (en dónde se detalla la cantidad que se paga e identifica la factura cuyo saldo liquida)

 

No esperes al último momento y contacta a un ejecutivo para implementar el complemento de recepción de pagos.

 

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