SAT publica el Complemento para Pagos

Autor: Ekomercio Electrónico

El Servicio de Administración Tributaria publicó el día de ayer, 5 de diciembre el Complemento de Pagos el cual entrará en vigor el 1 de noviembre del 2017.

No olvides que los casos en que este Complemento se usará serán los siguientes:

a) Pagos en Parcialidades, pues dentro del complemento se asociará el pago parcial con el comprobante fiscal que por el cual se originaron (comprobante emitido por el valor total de la operación);

b) Pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta al momento de la expedición del CFDI, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente, deberá utilizar, siempre que se trate del mismo ejercicio fiscal, el mecanismo de “Complemento para Pagos”, para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación.

Para casos distintos a los mencionados, este Complemento es opcional. Te invitamos a leer las Preguntas Frecuentes sobre el Complemento de Pagos para más información.

En Ekomercio estamos listos para ayudarte a incorporar el Complemento de Pagos a tus CFDIs, cotiza en segundos tu solución y prepárate para esta nueva obligación aquí.

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