Tienes dudas sobre el Complemento de Pago

Autor: Ekomercio Comunicación

La emisión de complemento de pagos o recepción de pagos, es obligatoria desde el 1 de diciembre con la versión 3.3 del anexo 20.

Es de suma importancia que conozcas los fundamentos legales del complemento de pago, ya que los contribuyentes podrán seguir emitiendo facturas con la versión 3.2 del Anexo 20 con el objetivo de migrar paulatinamente sus procesos de facturación y estén listos para el primero de diciembre del 2017.

Lo mismo sucederá con la emisión de comprobantes con el complemento para recepción de pagos. Los contribuyentes pueden comenzar a emitirlo desde el primero de julio, únicamente con los CFDIs versión 3.3, si sus sistemas están listos. A partir del 1ero de diciembre del 2017 este complemento será obligatorio.

Las empresas que no han empezado a trabajar en esta obligación pueden acudir al servicio de asesoría de EKOMERCIO para que los oriente y ayude a cumplir con estas disposiciones; Recuerda que es un proceso completamente nuevo y obligatorio.

En Ekomercio estamos listos con la versión 3.3 del Anexo 20 para ingresos, egresos, traslados, pago y nómina. Si estás interesado en recibir alguna asesoría haz clic aquí  y contactanos.

Para más detalles del Anexo 20 versión 3.3 puedes Descargar gratis la guía. 

 

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